¿Qué es la copia privada?

Tú sabías que

La copia privada existe desde 1987 y tiene por objeto compensar a los titulares de derechos por el daño que produce las copias que todos nosotros hacemos.

La Ley excluye del pago de la compensación a las ADSL.

1 Equipo de música de salón lleva pagando 0,6 €, es decir medio café, desde 1994.

En 2006, 145 millones de obras fueron copiadas en DVD y dejadas de comprar. Su valor en el mercado hubiese sido de más de 2.000 millones de €.

100 DVD vírgenes, que permiten grabar 100 películas cuyo precio en el mercado sería de 2.000 €, pagan 44 € de compensación con la nueva Ley.

Los ordenadores no pagan canon porque la Ley aprobada el año pasado exime de su pago.

Según el borrador de Orden Ministerial la regrabadora de DVD paga 3,15 €.

La cámara de fotos nunca ha pagado canon ni se prevé que lo pague.

1 reproductor de DVD de salón pagaba antes 6,61 € y con la nueva Orden pagará 3,4 €.

200 CD vírgenes que, a la mayoría de los consumidores les permiten grabar 24.000 canciones en mp3, cuyo valor en mercado sería de 28.000 €, pagan de canon 34 € con la nueva Ley.

Es mentira que una familia española vaya a pagar 303 € de canon al año, puesto que si fuese verdad los ingresos de las entidades serían de 3.630 millones de € mientras que la recaudación es inferior a los 90 millones.

¿Qué es la copia privada?

Un espacio de información veraz y rigurosa sobre los derechos de propiedad intelectual. Una fuente de información para usuarios, periodistas y sociedad en general sobre los beneficios de la copia privada y la necesaria protección de los derechos de los creadores de contenidos.

Tienes derecho a copiar

Carlos Álvarez de la Mata

Otra vez Francia
1 Abril 2008

La sociedad tecnológica y global del siglo XXI es sin duda alguna uno de los grandes saltos en la historia de la humanidad. El hombre actual, por la exigencias que este fenómeno impone, está modificando gran parte de sus hábitos laborales, culturales y de ocio.

Términos como globalización, multiculturalidad, Sociedad de la Información e Internet son de uso diario por todos nosotros además los medios para acceder a estas realidades globales ya están presentes en nuestros hogares.

La interconexión planetaria de la red, la facilidad de acceder a todo tipo de contenidos, de establecer nuevas relaciones personales con personas de otras culturas hace que las fronteras se debiliten y que se creen nuevos usos o comportamientos comunes a los ciudadanos de la sociedad mundial.

Pero esta nueva sociedad universal no es ajena a riesgos y a tensiones y no sólo los motivados por los cambios y adaptaciones de la estructuras actuales. También hay aspectos negativos que indudablemente comporta la tecnología. La realidad nos obliga a aceptar que esta sociedad además de sus ventajas tiene caras oscuras y nuevos problemas. Combatir estos aspectos negativos es apostar firmemente por el triunfo de la Sociedad de la Información. España, como no podía ser de otra manera, esta inmersa en este cambio y junto a los indudables beneficios que nos brinda debe solucionar los problemas que ya han surgido.

Uno de los más graves problemas que plantean las nuevas tecnologías es compatibilizar su uso con el respeto a los derechos de propiedad intelectual. Nuestro país ha afrontado este problema acometiendo diversas acciones y modificaciones de nuestro ordenamiento con el fin de mantener en el ámbito tecnológico un adecuado nivel de protección de los derechos intelectuales. Sin embargo, los resultados dejan mucho que desear. Pero este tímido intento de reformar nuestras leyes ha coincidido con el hecho de que importantes sectores sociales y políticos se oponen al mantenimiento de los derechos en la red defendiendo precisamente lo contrario y sus propuestas suponen de facto una menor protección de los derechos de propiedad que corresponden a los artistas y a los autores. El panorama es desolador, reformas e iniciativas legales que apenas logran mantener el anterior nivel de protección y exigencias de rebajar, cuando no eliminar ciertos derechos intelectuales en aras de un falso acceso a la cultura y a la diversidad.

La cultura española y, por ello, nuestra propia identidad está en un serio riesgo de verse absorbida en el torbellino de la globalización por simples intereses egoístas de los ciudadanos o lo que es peor para incrementar el beneficio empresarial de las multinacionales tecnológicas y de la comunicación.

Esta frustración se acrecienta si miramos a nuestro entorno. El mejor ejemplo es Francia, nuestro vecino ha adoptado unas políticas firmes y sin complejos para defender su identidad en la red global, para beneficiarse de ella sin sacrificar valores propios. Nuestro vecino ha tomado su propio rumbo y ha optado por una defensa de los derechos intelectuales y, para ello, el presidente Sarkozy ha propuesto un conjunto de reformas legales cuyo fin último, tal como ha afirmado públicamente, es proteger la cultura y la identidad de Francia.

Porque lo que realmente nos arriesgamos a perder con un mal uso de las nuevas tecnologías no sólo es una industria cultural y de ocio que, ya sólo por su valor económico justifica sobradamente que los gobiernos actúen decididamente en su defensa. Lo que nos estamos jugando es la supervivencia de nuestra identidad en la sociedad mundial del presente y la identidad propia y ajena es la fuente de la diversidad que, desde el punto de vista humano, es una de las grandes ventajas que la globalización trae consigo.

El diagnostico realizado por el presidente francés no puede ser más certero: “Internet es una nueva frontera, un territorio a conquistar. Pero Internet no debe ser un salvaje oeste tecnológico, una zona sin derechos donde los que está fuera de la ley pueden acceder sin limite a las creaciones, o incluso peor, comerciar con total impunidad ¿a costa de quien? De los artistas.” El presidente Sarkozy ha expresado su convicción de que “aunque todo el mundo robe la música y el cine, no se puede legalizar el robo”.

No se trata de repetir un mensaje coercitivo sino de adoptar una postura realista y positiva, no exenta de autocrítica, que exige encontrar nuevas vías para que el acceso a la cultura sea por vía legales y, para ello, en primer lugar hay que comprender porqué la gran mayoría de los ciudadanos que, en su vida diaria, son respetuosos con las leyes, prefieren acceder a contenidos clandestinos en lugar de adquirirlos legalmente ¿no será también un problema de falta de atractivo en la oferta legal?

Efectivamente, el gobierno francés parte de una realidad también aplicable a España: actualmente todo invita al consumidor a adoptar la vía de acceso ilegal. Esta vía es la mas fácil por su razonable nivel de calidad, su carácter gratuito y su adaptabilidad a todo tipo de soportes. Frente a esta tentación, la vía legal aparece lastrada por las medidas legales de protección que limitan el libre uso y la conservación de las obras legítimamente adquiridas que además, llegan mucho mas tarde a la red que las copias ilícitas. Los usuarios muestran una profunda insatisfacción ante esta oferta legal que explicaría porque se opta por rechazar la misma.

Las vías adoptadas por el estado francés para garantizar un desarrollo ordenado de la distribución y reproducción de contenidos en Internet y el uso responsable de las tecnologías digitales pasa por dos vías:

Un claro compromiso en la lucha contra la piratería.

Una revisión del modelo de copia privada en el ámbito digital.

En el primer caso, para desincentivar la piratería, más que medidas punitivas, es preciso adoptar propuestas pragmáticas, respetuosas con las libertades individuales y compatibles con las rápida evolución de las tecnologías. Al mismo tiempo es imprescindible eliminar la impunidad que existe por la violación de los derechos intelectuales adoptando medidas disuasorias ajustadas a la gravedad real de las conductas individuales. En otros términos, se trata de hacer al consumidor mas fácil y barato el acceso legal y al mismo tiempo, hacer mas difícil y costosas las descargas ilegales.

Para alcanzar este ambicioso objetivo, el 23 de noviembre de 20007 por parte del Gobierno francés, los titulares de derechos intelectuales y los prestadores de servicios se suscribió el “Acuerdo para el Desarrollo y la Protección de las Obras y Programas Culturales en las Nuevas Redes”

Los firmantes de este acuerdo se comprometen a implantar un mecanismo disuasorio a los consumidores de obras ilegales que en caso de reincidencia en estas prácticas, tras un primer aviso por correo electrónico, el internauta que descargue ficheros protegidos ilícitos será privado del acceso a Internet, en principio de forma temporal, y, de persistir en esta actividad definitivamente.

Los proveedores de acceso a la red deberán implantar un sistema de filtros en la ésta para detectar y eliminar los ficheros ilegales.

Los titulares de derechos deberán ofertar un repertorio legal amplio y en el que las obras estén a disposición del público lo antes posible.

Y los poderes públicos deberán instrumentar las reformas legales que permitan que permitan la puesta en marcha de este procedimiento de aviso y retirada, siempre respetando el derecho a las libertades individuales de los ciudadanos, pero basada en el principio de la responsabilidad que los abonados al acceso a la red tienen por el uso fraudulento de dicho acceso.

Un compromiso aceptado no sólo por las organizaciones de derecho habientes sino también por operadores técnicos dominantes como France Telecom.

Es una acción impulsada por el gobierno francés, pero seguida por toda la sociedad en pro de una defensa decidida de los derechos intelectuales y de la cultura. Una vez más Francia asume un papel de liderazgo en la defensa de la identidad propia.

Entre tanto y en España ¿cómo se ha tratado esta cuestión?

EL Gobierno de España impulsó desde el inicio de la actual legislatura la adopción de un acuerdo de autorregulación, pactado entre titulares de derechos y prestadores de servicios que regulara un sistema de “notificación y retirada” de contenidos ilegales en la red. El Gobierno se propuso actuar en la materia si no existía acuerdo entre las partes.

Tras una primera reunión arbitrada por los ministerios de Industria y Cultura se creo un grupo de trabajo entre asociaciones de titulares de derechos y representantes de los grandes proveedores de acceso de nuestro país. Desde el primer momento la industria no quiso comprometerse en el proyecto, ni siquiera cuando los titulares de derechos aceptaron que el acuerdo se limitara a solo un sistema de notificación, argumentaba para ello que carecía de instrumentos legales para ello. Tras mas de dos años sin ningún avance las asociaciones de titulares decidieron abandonar este grupo de trabajo.

Es triste constatar la falta de conciencia de servicio a la sociedad que ha mostrado la industria española, en mi opinión sólo interesada en salvaguardar sus formidables ventas de acceso a la red y los cuantiosos ingresos que esto le genera a costa de la expoliación de derechos ajenos.

Los ministerios de industria y cultura en lugar de intervenir directamente en el asunto propiciando un acuerdo se han inhibido del tema realizando simples llamadas al entendimiento en el seno de la Subcomisión del Plan del Gobierno contra la piratería.

Un compromiso cierto pero muy lejos del nivel alcanzado en Francia. El resultado es que España aún no cuenta con un acuerdo de autorregulación y se ha impuesto una actitud de indiferencia frente a las descargas ilegales en la red.

El otro gran asunto sobre el que el Gobierno de Francia ha actuado para reforzar los derechos de propiedad intelectual en el nuevo entorno tecnológico ha sido una importante puesta al día de la compensación por copia privada.

La configuración legal de la compensación por copia privada en Francia es similar a la existente en España, pero hasta aquí llegan los parecidos.

Francia no ha tenido necesidad de reformar su legislación para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva de la Unión Europea sobre Sociedad de la Información ( DC 2001/29). Sin embargo ha apostado seriamente por extender la compensación al uso real que los ciudadanos hacen de la tecnología para reproducir en el ámbito domestico aquellas obras o prestaciones a las que han accedido legalmente.

Las tarifas son fijadas por una comisión paritaria donde están presentes los representantes de derechos, de la industria y de los consumidores. Dicha comisión va actualizando mediante decisiones vinculantes los importes y los aparatos, soportes y dispositivos sujetos al pago de la compensación.

Las decisiones de esa comisión se adoptan tras estudiar la información pertinente que no se limita a examinar las características técnicas de los aparatos o soportes sujetos sino que también considera la evolución práctica de los usos de copia privada y del mercado.

La irrupción de los medios digitales ha hecho como es lógico que la comisión considere que la mayor parte de los soportes también tiene un uso profesional y que la las prácticas individuales de copia no se limitan a grabar obras protegidas sino que de manera creciente también se copian elementos personales tales como fotos o películas familiares, datos personales y otros. Sin embargo, y a diferencia de lo ocurrido en España no se han aprovechado estas nuevas practicas para proponer la eliminación de la compensación.

Asimismo, la comisión ha sido consciente del continuo cambio que implica la evolución tecnológica, así la introducción de discos o soportes integrados o removibles de gran capacidad ha implicado una diversificación de hábitos en detrimento de soportes tradicionales como el CD y el DVD lo que ha implicado un mayor peso en la recaudación por copia privada de estos soportes de gran capacidad. Por ello, las tarifas para soportes y aparatos digitales en lugar de ser estáticas han sido objeto de revisión en seis ocasiones desde enero de 2001 a julio de 2006. En la actualidad existen tarifas para CD,s, DVD,s , discos duros, tarjetas de memoria y llaves USB.

Los importes actualmente vigentes de la compensación varían en proporción a la capacidad de almacenamiento del soporte. Así un disco duro pagará 7 euros si su capacidad es de menos de 80 gb o 23 euros para los modelos de entre 400 a 560 gb. Los discos duros multimedia son objeto de un trato especial ya que incorporan una o más entradas audio / video, permitiendo almacenar música o grabaciones audiovisuales sin necesidad de ordenador y varían desde 6 euros para discos hasta 5 gb a 50 euros para los que superen los 400 gb. Al igual que en España los discos duros de ordenador no están sujetos al pago de la compensación.

Volviendo a nuestro país, la evolución de la cuestión ha sido vacilante, sin continuidad y en la actualidad España no cuenta con una solución práctica para la copia privada lo que se traduce en que los titulares de derechos se ven privados de la compensación que la ley les reconoce por la expropiación de sus legítimos derechos.

La legislación española, tras varios intentos frustrados consiguió que en el ámbito analógico se implantara un sistema de pago de la compensación que incluía a la mayor parte del mercado. Sin embargo, la evolución tecnológica ha implicado que el modelo analógico prácticamente haya desaparecido.

Pero la aprobación de la Directiva de la Unión Europea sobre Sociedad de la Información en 2001 exigió una reforma de la legislación española siendo en ella tema fundamental la actualización del sistema de copia privada. La trasposición de la Directiva se retrasó injustificadamente hasta el punto de que la Comisión Europea inició un procedimiento sancionador a España. La situación de inadecuación de la legislación a la realidad social española ha llegado al extremo de que cuando se ha iniciado la sustitución de las tecnologías analógicas por las digitales en nuestros hogares no existía perspectiva de contar, siquiera a medio plazo, con una normativa de copia privada adecuada al ámbito digital.

La pasividad del gobierno español forzó a los afectados a buscar sus propias soluciones. Así para solventar esta situación, en el año 2003, las organizaciones de titulares de derechos y las asociaciones representantes de la industria obligada al pago llegaron a un acuerdo por el cual y con cierto voluntarismo comenzó en España a hacerse efectiva la compensación por copia privada realizada en soportes digitales tales como el CD y DVD . Mientras tanto, Francia contaba con tarifas oficiales para estos soportes desde el año 2001.

Las obligaciones ineludibles que implicaba la obligación de trasponer la Directiva de la Unión Europea así como las peticiones tanto de los titulares de derechos y de los obligados al pago hizo que las Cortes, finalmente aprobaran ya con un gran retraso respecto de la realidad social, la ley 23/2006 que modifica le ley de propiedad intelectual y que, entre otros aspectos, regula la compensación por copia privada aplicable a los materiales y aparatos digitales.
Esta ley supone la incorporación a la legislación española de un nuevo sistema de copia privada exclusivo para las tecnologías digitales y que equipara nuestra ley con las existentes en la mayor parte de los estados de la Unión Europea. La nueva normativa adoptó, un sistema bienal de fijación de tarifas para este tipo de soportes y aparatos dado lo cambiante que es el mercado de soportes y aparatos digitales. Esa fijación bienal de tarifas se plasma por medio de una orden conjunta de los ministerios de Industria y de Cultura. Por fin, aunque tarde, nuestro país articulaba un elemento clave del sistema de protección de derechos intelectuales en la red.

Pero pronto esta esperanza se ha evaporado. El Gobierno ha incumplido su obligación de fijar tarifas y tras más de un año de retraso tan sólo ha anunciado públicamente su intención de fijar las tarifas para soportes y aparatos digitales. No hay que recalcar que un año en el mundo tecnológico es como un siglo en otros ordenes de nuestra vida.

Pero además la tramitación de la ley 23/2006 y su orden de desarrollo ha evidenciado la falta de conciencia social en el respeto a los derechos intelectuales que existe en nuestro país y ha mostrado, porque no decirlo, el oportunismo de algunos sectores políticos y los intereses económicos de las grandes multinacionales sólo interesadas en mantener sus beneficios aún a costa de la ruina de la industria cultural española. Toda esta oposición ha crecido como una bola de nieve ante la pasividad del actual Gobierno, desbordado por una opinión pública en gran parte manipulada y que de forma egoísta es contraria al pago de derechos pero no al disfrute gratuito de las obras protegidas.

No es bueno que una materia tan especial como la propiedad intelectual esté en el ojo de la actualidad política como ha ocurrido a lo largo del año 2007. La controversia entre los partidos mayoritarios ha llevado a éstos a realizar en el caso del PP, una propuesta que sólo merece el calificativo de injusta y, en el caso del partido del Gobierno a adoptar decisiones precipitadas que aún buscando la pervivencia del “canon” hacen que su aplicación practica se presente difícil e inadecuada. Expliquemos el porqué de estas afirmaciones:

En lo que respecta al Partido Popular ha manifestado expresamente un “NO AL CANON DIGITAL”. Este planteamiento modifica la posición de este partido desde 1987, que siempre ha sido de respaldo a la copia privada. Además, la propuesta es radicalmente injusta, ya que eliminar el “canon” sin eliminar el límite que los titulares de derechos tienen establecido en la ley y del cual el “canon” no es mas que una justa compensación es algo contrario a la normativa europea. Se puede eliminar la copia privada, es cierto, pero no sólo el “canon”. Eliminar la copia privada hace que nuestra legislación se aproxime al sistema vigente en los países anglosajones, abandonando una orientación continental presente desde nuestras primera normas en derecho de autor que datan del siglo XIX. Eliminar la copia privada hace que los ciudadanos pierdan el beneficio de realizar copias para uso privado. Este último aspecto no ha sido explicado a los ciudadanos.

Por otro lado, el debate social, ha motivado que el Gobierno, en un claro respaldo a la compensación por copia privada anuncie finalmente su intención de tramitar de la orden ministerial conjunta que fija las tarifas para el próximo bienio. La tramitación de esta orden, como ya se ha comentado, sufría un considerable retraso pero el mayor plazo no ha evitado que el proyecto de orden ministerial hecho público por el Gobierno acuse cierta improvisación y presente algunas deficiencias que pueden perjudicar el normal desarrollo de la recaudación de esta compensación en España.

Como consecuencia de todo este cúmulo de acontecimientos, casi siete años después de la publicación de la Directiva de la Sociedad de la Información, España no cuenta con un sistema de aplicación práctica para hacer efectiva la compensación por copia privada digital. Además la materia se ha puesto en el disparadero del debate social cuestionando los ciudadanos la legitimidad de la remuneración lo que ha llevado a la ruptura del consenso entre las fuerzas políticas españolas que hasta fechas recientes había existido en materia de propiedad intelectual.

Sin duda, al menos de momento, nuestro país no ha sido capaz de afrontar con éxito la protección de los derechos de propiedad intelectual en la sociedad digital del siglo XXI. La sociedad española en lugar de respaldar la protección de la cultura ha optado por la postura fácil de la gratuidad, sin ser consciente de lo que en realidad nos jugamos que es nuestra propia identidad.

La odiosa comparativa que resulta de observar el celo con el que Francia ha apostado por una decidida defensa de los derechos intelectuales y de su cultura hace que, una vez mas, quien en nuestro país está convencido del valor de la cultura y la identidad sienta un viejo dolor, nos duele España. Parece que nuestro país esté condenado a bajarse de los trenes de la historia.

Carlos Álvarez de la Mata, es Director Recaudación AISGE

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