¿Qué es la copia privada?

Tú sabías que

La copia privada existe desde 1987 y tiene por objeto compensar a los titulares de derechos por el daño que produce las copias que todos nosotros hacemos.

La Ley excluye del pago de la compensación a las ADSL.

1 Equipo de música de salón lleva pagando 0,6 €, es decir medio café, desde 1994.

En 2006, 145 millones de obras fueron copiadas en DVD y dejadas de comprar. Su valor en el mercado hubiese sido de más de 2.000 millones de €.

100 DVD vírgenes, que permiten grabar 100 películas cuyo precio en el mercado sería de 2.000 €, pagan 44 € de compensación con la nueva Ley.

Los ordenadores no pagan canon porque la Ley aprobada el año pasado exime de su pago.

Según el borrador de Orden Ministerial la regrabadora de DVD paga 3,15 €.

La cámara de fotos nunca ha pagado canon ni se prevé que lo pague.

1 reproductor de DVD de salón pagaba antes 6,61 € y con la nueva Orden pagará 3,4 €.

200 CD vírgenes que, a la mayoría de los consumidores les permiten grabar 24.000 canciones en mp3, cuyo valor en mercado sería de 28.000 €, pagan de canon 34 € con la nueva Ley.

Es mentira que una familia española vaya a pagar 303 € de canon al año, puesto que si fuese verdad los ingresos de las entidades serían de 3.630 millones de € mientras que la recaudación es inferior a los 90 millones.

¿Qué es la copia privada?

Un espacio de información veraz y rigurosa sobre los derechos de propiedad intelectual. Una fuente de información para usuarios, periodistas y sociedad en general sobre los beneficios de la copia privada y la necesaria protección de los derechos de los creadores de contenidos.

Tienes derecho a copiar

Carmen Ibarlucea

Hablemos de dinero

29 Enero 2008

Soy cuentacuentos, de esa forma me gano la vida… lo más normal es que tras una sesión de cuentos la remuneración económica por mi trabajo llega entre 3 y 9 meses después de prestado el servicio… alguna vez he tenido que esperar un año completo (depende de si es una asociación/fundación o una administración publica… las más tardonas); la remuneración emocional es inmediata, si gusta a quien escucha… o no, que es una posibilidad que también hay que contemplar.

Además de cuentacuentos soy escritora… tengo cuatro libros publicados y cuatro en espera de llegar a la imprenta. Dado que escribo para entidades sin animo de lucro, no cobro derechos de autor (es una opción) de modo que los beneficios obtenidos por las ventas revierten en las entidades que los publican y esto permite llevar a cabo actividades que no están subvencionadas.

Tengo un libro estrella, 8.000 ejemplares vendidos, lo publica Tremn. En muchas ocasiones he sabido que profesores y profesoras de primaria, secundaria y bachillerato utilizan nuestros libros como material de apoyo en sus clases, ¡eso es fantástico!… para eso los escribimos y publicamos. Como es obvio, esos profesores no compran un libro para cada alumno/a, sino que hacen fotocopias de las partes que les interesas y las reparten en clase. Es el uso lógico de las copias privadas.

Un amigo scout nos esta animando, para celebrar los 10.000 ejemplares de “Diez cuentos del mundo que ayudan a educar(nos)”, a que saquemos una versión en audio de los cuentos, de modo que entregaríamos un libro + un CD… sabemos que el uso será el mismo, comprar uno y copiarlo, pero no nos sentimos estafados, la copia privada esta regulada por la ley y existe una compensación social y económica que reconoce nuestro esfuerzo, el de Tremn y el mío, es el llamado canon por copia privada… esto supone unos ingresos anuales de unos 200€ para Tremn, para mi mas o menos lo mismo, con el valor añadido de poder solicitar ayuda económica si debido a la inseguridad laboral de quienes no tenemos un empleo estable pues somos más cigarras que hormigas, pasamos por un año de vacas flacas.

El canon por la copia privada no es una compensación indiscriminada, porque solo se grava con esta cantidad a algunos de los dispositivos que permiten la copia privada de obras protegidas. Podría asimilarse a la “tarifa plana” que permite hacer copias privadas de obras protegidas, de la misma forma que se paga a una compañía telefónica una cantidad fija por la ADSL, independientemente de si te conectas a Internet 1 minuto o 50 horas al mes.

La copia privada resulta beneficiosa para los ciudadanos en general, porque pueden

copiar obras para su uso privado sin solicitar la autorización previa de los titulares de

derechos. Los autores tienen, según la Ley de Propiedad Intelectual, un derecho exclusivo de reproducción sobre sus obras: solo ellos pueden autorizar o prohibir que se hagan copias de sus creaciones. Una de las limitaciones que establece la ley a este derecho es precisamente el de la copia privada: cuando el acto de la copia reúne determinadas condiciones (ser para uso privado de la persona que la hace, no tener ánimo de lucro, etc.) no es necesario pedir autorización previa a los titulares de derechos. La ley establece también que los creadores deben ser compensados por estas copias privadas.

La copia privada también resulta beneficiosa para la industria que produce los equipos,

aparatos y soportes de copiado, ya que las ventas de sus productos se ven impulsadas por la posibilidad de reproducir legalmente con ellas obras de creación.

¿Cabe imaginar el perjuicio que supondría para consumidores y fabricantes que no

fuera legal copiar con fines privados obras protegidas...?

Hagamos cuentas. Supongamos que un profesor invierte 8€ en un libro de Tremn, realiza 24 fotocopias para trabajarlo en clase, eso supone para Tremn dejar de vender 192€… este año hay, que nosotros sepamos, 6 centros trabajando con nuestro material, en más de un grupo cada uno… ¿es cara la copia privada?

En esta sección

Entrevista a Pedro Farré. Director de Relaciones Corporativas de la SGAE.

La remuneración compensatoria por copia privada es una medida de carácter social que beneficia a todo el mundo: a los creadores, porque se les compensa por su trabajo, a los fabricantes, porque repercute positivamente en la venta de aparatos y al consumidor, que puede hacer uso de la copia privada.

Rafael Reig

El derecho de autor, como usted sabe, tiene dos componentes: uno moral y otro patrimonial. Moral: tengo derecho a que un texto mío no se publique en una Antología de narradores pedófilos. Patrimonial: si se publica un texto mío, me tienen que pagar algo.

Blanca Cortés Fernández

Para hablar con propiedad sobre el tema, es necesario partir de una verdad contemplada en nuestra legislación sobre propiedad intelectual –Ley 23/2006, de 7 de julio– y que no es otra que la compensación equitativa por copia privada.

Antonio Rojas

Porque pocas veces he tenido ocasión de leer tantas incorrecciones y falsedades juntas a propósito del derecho de copia privada, el mal e interesadamente llamado "canon digital".

Ignacio Casado

La necesidad de compensar a los autores por los efectos de la copia privada sigue en entredicho. Es preocupante el cuestionamiento del salario de los autores, situación inédita en otros colectivos de trabajadores cuya retribución nadie osa objetar.

Ignacio Casado

Recientemente se ha publicado en esa sección un texto, firmado por Emilio Martínez Fernández de Bobadilla, en el que se vierten graves acusaciones y descalificaciones contra la Sociedad General de Autores y Editores, ante las cuales me veo obligado a responder...

Antonio Rojas

Ni la copia privada ni la SGAE criminalizan al consumidor, sino todo lo contrario. Si la copia privada fuera ilegal en este país, entonces sí que todos los ciudadanos seríamos presuntos culpables.

Carlos Álvarez de la Mata

Uno de los más graves problemas que plantean las nuevas tecnologías es compatibilizar su uso con el respeto a los derechos de propiedad intelectual. Nuestro país ha afrontado este problema acometiendo diversas acciones y modificaciones de nuestro ordenamiento con el fin de mantener en el ámbito tecnológico un adecuado nivel de protección de los derechos intelectuales.

Entrevista a Jorge Drexler

El cantautor uruguayo abre el jueves en el Palau el Festival de Guitarra y presenta 'Cara B'.

Octavio Dapena

España no puede quedarse atrás, y más si se tiene en cuenta que los índices de pirateria de nuestro país son los más altos de Europa.


 
La compensación equitativa por copia privada forma parte del salario de los creadores