¿Qué es la copia privada?

Tú sabías que

La copia privada existe desde 1987 y tiene por objeto compensar a los titulares de derechos por el daño que produce las copias que todos nosotros hacemos.

La Ley excluye del pago de la compensación a las ADSL.

1 Equipo de música de salón lleva pagando 0,6 €, es decir medio café, desde 1994.

En 2006, 145 millones de obras fueron copiadas en DVD y dejadas de comprar. Su valor en el mercado hubiese sido de más de 2.000 millones de €.

100 DVD vírgenes, que permiten grabar 100 películas cuyo precio en el mercado sería de 2.000 €, pagan 44 € de compensación con la nueva Ley.

Los ordenadores no pagan canon porque la Ley aprobada el año pasado exime de su pago.

Según el borrador de Orden Ministerial la regrabadora de DVD paga 3,15 €.

La cámara de fotos nunca ha pagado canon ni se prevé que lo pague.

1 reproductor de DVD de salón pagaba antes 6,61 € y con la nueva Orden pagará 3,4 €.

200 CD vírgenes que, a la mayoría de los consumidores les permiten grabar 24.000 canciones en mp3, cuyo valor en mercado sería de 28.000 €, pagan de canon 34 € con la nueva Ley.

Es mentira que una familia española vaya a pagar 303 € de canon al año, puesto que si fuese verdad los ingresos de las entidades serían de 3.630 millones de € mientras que la recaudación es inferior a los 90 millones.

¿Qué es la copia privada?

Un espacio de información veraz y rigurosa sobre los derechos de propiedad intelectual. Una fuente de información para usuarios, periodistas y sociedad en general sobre los beneficios de la copia privada y la necesaria protección de los derechos de los creadores de contenidos.

La copia privada no es un impuesto

El canon

RUTH VALLEJO / Heraldo de Aragón
http://www.heraldo.es
6 Marzo 2008

Siempre que su disfrute sea para uso personal. El autor de una obra tiene, por ley, un derecho patrimonial y exclusivo a autorizar o prohibir la reproducción de sus obras. Sin embargo, este derecho contiene una excepción y es que las obras ya divulgadas podrán reproducirse sin autorización del autor para uso privado del copista. Este principio básico responde a la obligación que tienen los poderes públicos, en nuestra Constitución, de promover y tutelar el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

Sin embargo, la copia privada tiene que tener una remuneración compensatoria, un canon, un derecho que tiene reconocido el autor de la obra ya desde el siglo XIX y en la actual Ley de Propiedad Intelectual. El denominado canon se ha exigido durante tiempo en la compra de casetes y vídeos y ahora debe adaptarse a la evolución tecnológica y a la cada vez mayor irnplantación de las herramientas de la Sociedad de la Información. Se trata de una contrapartida inevitable, pues el desarrollo tecnológico ha traído un avance inusitado de los instrumentos de reproducción.

El canon debe tratar de conciliar, de un lado, los intereses patrimoniales del autor y, de otra, el acceso que la realidad tecnológica pone al alcance de los ciudadanos, a los que no se puede controlar de forma individualizada. Algo tan sencillo de entender ha sido tergiversado por el PP, que acusa a los artistas de apoyar al PSOE porque ha aprobado el conocido como el canon digital. Pero la legitimación del manifiesto de apoyo a Zapatero, firmado por representantes de la cultura, del cine y de la canción, del mundo universitario, científico, deportivo y empresarial, ha sido por su política a favor de los derechos sociales e individuales, por su incansable lucha por la igualdad y por conseguir un país mejor, más moderno y tolerante.

En esta sección

Verdades y mentiras del canon digital

BLANCA CORTÉS FERNÁNDEZ / Cinco Días
http://www.cincodias.com
11 Julio 2008

El Gobierno es el principal incumplidor de derechos de autor

VANESSA JOB VALLE / ABC
http://www.abc.es
2 Julio 2008


 
La copia privada, un concepto presente en toda la legislación occidental